Título I. De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo segundo. Derechos y libertades
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Capítulo tercero. De los principios rectores de la política social y económica
Artículo 49
Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos.
Estos artículos son válidos para todos los días del año. Todo el año 21 de Marzo. Feliz día.
Hay que promover que se cambie la palabra disminuido ya.
ResponderEliminarHola, somos el grupo de formación laboral de la Fundación Síndrome de down del País Vasco.
ResponderEliminarEste año hemos creado un blog. Nos gustaría que nos visitaseis. Os dejamos el enlace.
http://diarioprelaboralfsdown.blogspot.com.es/